ESTADO BARINAS
MUNICIPIO BARINAS
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CRONISTAS
OFICIALES DE VENEZUELA
FUNDADA EN 1968
RIF-J-30447039-8
Barinas, 24 de octubre de 2014.
CIUDADANO
(A)
PRESIDENTE(A)
DEL CONCEJO MUNICIPAL
SU
DESPACHO
En
nombre de la Asociación Nacional de Cronistas Oficiales de Venezuela (Ancov), me dirijo a usted muy respetuosamente
en la oportunidad de solicitar reconsiderar el salario que devenga actualmente
el Cronista Municipal, a los fines de que el mismo se homologue al salario que
percibe el Secretario y Sindico Procurador Municipal, quienes conjuntamente con
el Cronista Municipal son los Órganos Auxiliares de los Poderes Públicos
Municipales, de conformidad con lo establecido en el Capítulo VI, Artículos
113, 114 y 115 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal.
Los
cronistas municipales de acuerdo a la normativa legal son funcionarios de carrera con los derechos y
deberes consagrados en la Ley del Estatuto de la Función Pública.
La Ley
Orgánica de la Función Pública, establece en su Artículo 23, lo Siguiente: “ Los Funcionarios o Funcionarias publicas
tendrán derecho a percibir las remuneraciones correspondientes al cargo que
desempeñen, de conformidad con lo establecido en esta Ley y su reglamento”.
La Ley
Orgánica del Poder Publico Municipal clasificó como Órganos Auxiliares:
Secretario, Sindico Procurador y Cronista Municipal, en virtud de ello hago
mención al Artículo 91 de nuestra Constitución Nacional de la República Bolivariana,
la cual consagra: “Todo Trabajador o
Trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permite vivir con
dignidad y cubrir para sí y sus familiares las necesidades básicas materiales,
sociales e intelectuales. Se garantizara el pago de igual salario por igual
trabajo….” ( subrayado nuestro).
El
espíritu, propósito y razón de nuestra Carta Magna prevé que un trabajo
desempeñado en un puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales debe
corresponder un salario igual.
La Ley
Orgánica del Poder Publico Municipal al establecer los cargos antes mencionados
(Secretario, Sindico Procurador y Cronista Municipal) como órganos auxiliares,
cada uno con las competencias relacionadas con el cargo que desempeñan, dejó a
entrever que los mismos poseen la misma jerarquía y la misma responsabilidad,
el cual desempeñamos los titulares con la misma eficiencia.
En
virtud de lo antes expuesto, solicito la homologación del sueldo de nuestro
agremiado y colega cronista al del Secretario de Cámara y Sindico Procurador
Municipal y de esta manera cumplir con lo establecido en las Leyes antes
mencionadas y devengar los titulares de estos tres (3) órganos auxiliares el
mismo salario, ya que somos asesores cada uno dentro de su competencia y
cumplimos con las atribuciones consagradas en la Ley Orgánica del Poder Publico
Municipal.
Sin
otros particulares a que hacer referencia y esperando una respuesta favorable y
oportuna a la presente solicitud, me despido ratificando mi disposición a
asesorarlos y apoyarlos ante cualquier requerimiento relacionado con mi cargo
que tengan a bien presentarme.
Atentamente,
Oficina del Cronista
Municipal. Av. Páez, Palacio Municipal.
Alcaldía de Barinas.Teléfonos: 0424 5468905 – 0273 4150773. Email: alarrarte@hotmail.com
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